1 DATOS DEL SOLICITANTE: 2. ACREDITACIÓN DE SITUACIONES DE ESPECIAL NECESIDAD DE VIVIENDA (Se indica la documentación que deberá ser remitida para Demedia, el 34% de las 300 viviendas serán adjudicarán a unidades familiares cuyo titular tenga menos de 36 años; un 28% a colectivos de especial necesidad; un 18% a personas con derecho social a la vivienda (DSV) reconocido y el 19% restante a personas integrantes del cupo general.
Serviciode Información sobre Discapacidad. El Defensor del Pueblo pide una vivienda pública protegida para una madre y su hijo con discapacidad – Ante el posible deshaucio de ambos
ACREDITACIÓNDE REQUISITOS Podrán presentar solicitud de vivienda, con carácter general, las personas físicas, de forma independiente, o unidades de convivencia, mayores de edad o menores emancipados/as, que no se encuentren incapacitados/as para obligarse contractualmente, de acuerdo con lo establecido en la legislación civil común .

Apartadob):Transmisiones singulares, respecto de viviendas situadas en municipios incluidos en las áreas de necesidad de vivienda o, en su caso, en sus áreas de influencia, que hubieren sido adquiridos después de la entrada en vigor de la Ley 8/2004, de 20 de octubre de la Generalitat, de Vivienda de la Comunitat Valenciana:

Comunidadde Madrid del recurso de alzada promovido frente a la Resolución de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación de fecha 4 de junio de 2021 que deniega su solicitud de adjudicación de vivienda por el cupo de especial necesidad, recaída en el Expediente NUM000 . SEGUNDO .-
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solicitud de vivienda pública por especial necesidad